El
despido justificado de un empleado está amparado por la Ley y cuando ocurre se
debe a una falta “imperdonable” que ha cometido el trabajador.
El
despido justificado no da derecho a indemnización.
CAUSAS
PRINCIPALES
Si se
descubre que el empleado ha presentado certificados falsos para su
admisión al puesto, lo que se constituye en engaño.
Agredir
físicamente o insultar algún compañero, al jefe, a directivos, incluso a
familiares de alguno de estos dentro o fuera de las instalaciones de la
empresa.
Si un
empleado causa daños materiales intencionalmente a los edificios y demás
objetos relacionados con el trabajo o por descuido o negligencia también. Si ha
puesto en riesgo la vida de los demás y el capital de la empresa.
Si en el lugar de trabajo se comenten actos delincuenciales o inmorales.
Si el trabajador es detenido por otros pleitos por
más de treinta días puede ser despedido a menos que posteriormente sea
absuelto.
Si se descubre que el trabajador revela los secretos técnicos o comerciales o
da a conocer asuntos de carácter reservado de la empresa.
Si la
capacidad del trabajador no se ajusta con el rendimiento promedio en las
labores y no las corrige cuando se le haya requerido mejorar en un plazo
determinado.
Tener
algún tipo de vicio o adicción que afecte a los demás.
Si el
trabajador se niega a aceptar las medidas preventivas o recomendadas por
las autoridades para evitar enfermedades o accidentes.
Si el empleado llega a adquirir una enfermedad contagiosa o crónica que no sea
profesional o sufre una lesión que lo incapacite para el trabajo y en seis
meses no se recupere ni de la enfermedad ni de la lesión puede darse por
terminado el contrato, pero la empresa deber pagar las prestaciones e
indemnizaciones.
Si el empleado incumple con pactos hechos con organizaciones colectivas como
sindicatos, o lo estipulado por el reglamento de la compañía, puede ser
despedido, por lo que es recomendable leer muy atentamente el Reglamento Interno
de la empresa.
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