1. Dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en el reglamento de trabajo
ya las prescripciones especiales contenidas en los contratos individuales de
trabajo.
2. Respeto y subordinación a los superiores.
3. Respeto a sus compañeros de trabajo.
4. Procurar completa armonía e integridad con los superiores y los compañeros
de trabajo, en las relaciones personales y en la ejecución de las labores.
5. Guardar buena conducta en todo sentido y prestar espíritu de leal
colaboración en el orden moral y disciplina general de la Empresa.
6. Ejecutar los trabajos que se les confíen, con honradez, buena voluntad y de la
mejor manera posible.
7. Hacer las observaciones, reclamos y solicitudes a que haya lugar, por
conducta del respectivo superior y de manera fundada, comedida y
respetuosa.
8. Ser verídico en todo caso.
9. Recibir y acatar las órdenes, instrucciones y correcciones relacionadas con el
trabajo y con la buena conducta, en su verdadera intencion, que es la de
encaminar y perfeccionar los esfuerzos en provecho propio y de la Empresa
en general.
10. Permanecer durante la jornada de trabajo en el sitio o lugar en donde deba
tocarlo, no poder, salvo orden superior, pasar al puesto de trabajo
de otros compañeros.
11. Observar rigurosamente las medidas y precauciones que se le indiquen, para
el manejo de las maquinas, herramientas o instrumentos de trabajo.
12. Cumplir con diligencia y eficiencia el servicio que le ha sido encomendado y
abstenerse de realizar o participar en cualquier acto u omision que cause la
suspensión o perturbación injustificada del trabajo, o que implique abuso
indebido del cargo o función.
13. Ser diligente y cuidadoso con la utilización y la administración de los recursos
de la Empresa. Vigilar y salvar los bienes y valores que le han sido
encomendados, de conformidad con las multas a que han sido destinados.
14. Custodiar y cuidar con suma diligencia toda la información y la documentación
de la Empresa que por razón de su cargo o función conserve bajo su cuidado
la cual tenga acceso, e impida o evite la sustracción, destrucción,
ocultamiento o utilización indebida, en cuyo caso el Empleado debe informar
a sus superiores de tal situación.
15. Tratar con respeto, imparcialidad y rectitud a las personas.
16. Acreditar, en el momento de la vinculación o durante la ejecución del contrato
de trabajo, el cumplimiento de los requisitos exigidos para el desempeño del
carga.
17. Reportar e informar a los superiores jerárquicos sobre conductas que
posiblemente puedan constituirse en delitos, contravenciones y faltas
disciplinarias de los cuales tuviere conocimiento.
18. Poner en conocimiento del superior los hechos que pueden perjudicar el
funcionamiento de la administración y proponer las iniciativas que estime útiles
para el mejoramiento del servicio.
PARAGRAFO. Los directores o empleados de la Empresa no pueden ser agentes
de la autoridad pública en los establecimientos o lugares de trabajo, ni intervenir
en la seleccion del servicio personal de la policia que preste cuentos, ni darle
órdenes, ni suministrole alojamiento o alimentación, gratis ni hacerle dádivas.
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