Las Leyes de Núremberg (Nürnberger Gesetze en alemán) fueron
una serie de leyes de carácter racial antisemita en la Alemania nazi adoptadas
por unanimidad el 15 de septiembre de 1935 durante el séptimo (congreso anual
del NSDAP) (Reichsparteitag) celebrado en la ciudad de Núremberg, Alemania. .
Las leyes de Núremberg fueron redactadas por el jurista y
político Wilhelm Frick en su cargo de Ministro de Interior del Reich
(1933-1943), bajo la anuencia de Adolf Hitler y Julius Streicher como co-autor.
Frick era un reconocido
antisemita y redactó estas leyes que impedían que el colectivo judío se
relacionara racialmente con el pueblo alemán.
Estas leyes raciales fueron el comienzo de la discriminación
y persecución del colectivo judío en Alemania.
Dichas leyes no apuntaban a discriminar a la etnia semita
debido a sus creencias religiosas propiamente tales (judaísmo); sino que tenían
relación con la misma comunidad judía y su objetivo central era evitar
implicancias raciales judías con el pueblo alemán.
Quien se encargó de difundir dichas leyes fue precisamente
Julius Streicher, estrecho colaborador de Hitler, y su periódico Der Stürmer
del cual era propietario, gracias a esta publicación, Streicher ayudó a
concientizar a las masas alemanas que el judío era una lacra social insertada
en el pueblo alemán y que debía ser extirpada como un tumor cancerígeno, tal
como se explicaba en el libro de Hitler,
Las leyes definían a un judío si presentaban las siguientes
características:
Tener tres abuelos judíos y un abuelo alemán era considerado
100% judío.
Tener
dos abuelos judíos y dos alemanes era considerado mestizo judio al 50%.
Tener
un abuelo judío era considerado Mischlinge o mestizo al 25%.
Abrazar
la religión judía sin ser judío de nacimiento era considerado judío al 100%
(podían ser Testigos de Jehová, pastores católicos, feligreses de sinagogas
etc).
Casarse o mantener relaciones extramatrimoniales con una
persona judía era considerado como prohibido y él o la contrayente alemán podía
ser considerado como judío de primer grado, esto estaba penalizado con prisión.
Los judíos que se hubieran convertido al cristianismo
(luteranos, católicos o protestantes) eran considerados de todos modos por su
origen como judíos.
Uno de los
dos cuerpos de leyes era conocido como "Ley para la protección de la
sangre y el honor alemanes". Su principal disposición consistía en
la prohibición de toda unión entre alemanes y judíos, ya sea por matrimonio,
cohabitación o relación sexual.
También
prohibía a los judíos contratar doncellas alemanas menores de 45 años y
enarbolar la bandera del Reich.
En las Olimpiadas de 1936, el gobierno alemán impidió la
participación de judíos en las competencias aunque fueran destacados en sus
especialidades.
Se prohibía a los judios profesionales ejercer sus
profesiones dentro del territorio alemán, también a ejercer el comercio o el
ejercicio de oficios menores.
Se prohibió a los alemanes tener judíos dentro de su
plantilla de personal contratado y si los tenían debían ser despedidos sin más
trámite.
Las propiedades judías fueron desvalorizadas y vendidas a
precios irrisorios a los alemanes.
El otro cuerpo de ley, conocido como "Ley de la
ciudadanía del Reich", establecía una división entre alemanes y judíos, al
consagrar a los primeros como "ciudadanos del Reich" y reducir a los
segundos a la categoría de "nacionales" sin pertenencia al Reich.
Los gitanos, los negros y los eslavos también fueron
considerados como pueblos potencialmente dañinos racialmente y considerados
como Untermensch o infra/subhumanos.
NOTA:
DEBEMOS CONSIDERARNOS UNOS AFORTUNADOS LOS QUE NO NOS TOCO VIVIR ESA
EPOCA DE DISCRIMINACION Y TERROR.
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