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LAS LEYES DE NÚREMBERG.

Las Leyes de Núremberg (Nürnberger Gesetze en alemán) fueron una serie de leyes de carácter racial antisemita en la Alemania nazi adoptadas por unanimidad el 15 de septiembre de 1935 durante el séptimo (congreso anual del NSDAP) (Reichsparteitag) celebrado en la ciudad de Núremberg, Alemania. .

Las leyes de Núremberg fueron redactadas por el jurista y político Wilhelm Frick en su cargo de Ministro de Interior del Reich (1933-1943), bajo la anuencia de Adolf Hitler y Julius Streicher como co-autor. Frick era un reconocido antisemita y redactó estas leyes que impedían que el colectivo judío se relacionara racialmente con el pueblo alemán.

Estas leyes raciales fueron el comienzo de la discriminación y persecución del colectivo judío en Alemania.

Dichas leyes no apuntaban a discriminar a la etnia semita debido a sus creencias religiosas propiamente tales (judaísmo); sino que tenían relación con la misma comunidad judía y su objetivo central era evitar implicancias raciales judías con el pueblo alemán.

Quien se encargó de difundir dichas leyes fue precisamente Julius Streicher, estrecho colaborador de Hitler, y su periódico Der Stürmer del cual era propietario, gracias a esta publicación, Streicher ayudó a concientizar a las masas alemanas que el judío era una lacra social insertada en el pueblo alemán y que debía ser extirpada como un tumor cancerígeno, tal como se explicaba en el libro de Hitler,


Las leyes definían a un judío si presentaban las siguientes características:

Tener tres abuelos judíos y un abuelo alemán era considerado 100% judío.

Tener dos abuelos judíos y dos alemanes era considerado mestizo judio al 50%.

Tener un abuelo judío era considerado Mischlinge o mestizo al 25%.

Abrazar la religión judía sin ser judío de nacimiento era considerado judío al 100% (podían ser Testigos de Jehová, pastores católicos, feligreses de sinagogas etc).

Casarse o mantener relaciones extramatrimoniales con una persona judía era considerado como prohibido y él o la contrayente alemán podía ser considerado como judío de primer grado, esto estaba penalizado con prisión.

Los judíos que se hubieran convertido al cristianismo (luteranos, católicos o protestantes) eran considerados de todos modos por su origen como judíos.

Uno de los dos cuerpos de leyes era conocido como "Ley para la protección de la sangre y el honor alemanes". Su principal disposición consistía en la prohibición de toda unión entre alemanes y judíos, ya sea por matrimonio, cohabitación o relación sexual.

También prohibía a los judíos contratar doncellas alemanas menores de 45 años y enarbolar la bandera del Reich.

En las Olimpiadas de 1936, el gobierno alemán impidió la participación de judíos en las competencias aunque fueran destacados en sus especialidades.

Se prohibía a los judios profesionales ejercer sus profesiones dentro del territorio alemán, también a ejercer el comercio o el ejercicio de oficios menores.

Se prohibió a los alemanes tener judíos dentro de su plantilla de personal contratado y si los tenían debían ser despedidos sin más trámite.

Las propiedades judías fueron desvalorizadas y vendidas a precios irrisorios a los alemanes.

El otro cuerpo de ley, conocido como "Ley de la ciudadanía del Reich", establecía una división entre alemanes y judíos, al consagrar a los primeros como "ciudadanos del Reich" y reducir a los segundos a la categoría de "nacionales" sin pertenencia al Reich.

Los gitanos, los negros y los eslavos también fueron considerados como pueblos potencialmente dañinos racialmente y considerados como Untermensch o infra/subhumanos.

NOTA:
DEBEMOS CONSIDERARNOS UNOS AFORTUNADOS LOS QUE NO NOS TOCO VIVIR ESA EPOCA DE DISCRIMINACION Y TERROR.



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