Esta noticia llama la atención porque genera polémica.
¿Hasta que punto estas cosas se deben reglamentar y hasta que punto pertenecen al derecho que tenemos los ciudadanos al libre desarrollo de la personalidad?
¿Hasta que punto somos libres de vestirnos como queramos?
¿Cuál es el límite?
EN CHILE PROHÍBEN LAS MINIFALDAS A VARIAS FUNCIONARIAS
Un reglamento que prohíbe a los empleados públicos de la región de Coquimbo usar determinadas prendas en los lugares de trabajo desató una polémica que se extendió por todo el territorio chileno.
El documento, especifica que las mujeres no podrán usar faldas “demasiado cortas”, zapatillas o prendas que dejen al descubierto los hombros o la espalda “aunque sea en época de verano”.
Los hombres, por su parte, “deberán utilizar chaqueta institucional, la cual podrá ser complementada con pantalones de tela, algodón, gabardina o algún material similar”.
Al conocer el escrito, el diputado del partido Demócrata consideró el instructivo como “una orden propia de la Inquisición del siglo XVIII”, pidió que se dejara sin efecto el “conservador” documento.
“El instructivo realmente está fuera de lugar, y refleja que el Gobierno se preocupa más de las formas que del fondo. Esperamos que a la brevedad se deje sin efecto”. Y añadió: “estamos en una sociedad occidental, democrática, este es un documento machista y ultraconservador”.
Entre tanto, la ministra del Servicio Nacional de la Mujer encuentra esto “una broma de mal gusto”. “Es una absoluta tontera que alguien le diga a la gente cómo se tiene que vestir”, afirmó la ministra.
En este sentido, el presidente del Senado, calificó de “absurdo y ridículo” el contenido de la norma impuesta.
Por su parte, el secretario regional Ministerial sostuvo que el instructivo pertenece a “una unidad interna de una de las reparticiones” y negó que el texto estuviese emanado por “ninguna Intendencia y menos por el Gobierno central”. Sin embargo, dijo compartir las restricciones del texto “en términos de prudencia e imagen corporativa”.
REFLEXIÓN
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